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viernes, 3 de abril de 2009

Indicadores de Gestión para bibliotecas Universitarias

Tomando en consideración, que uno de los criterios para establecer el avance de un país es la política de la investigación y, específicamente, la “calidad de la investigación”. La “calidad” puede entenderse como “Buscar de forma activa la satisfacción del cliente, priorizando en sus objetivos la satisfacción de sus necesidades y expectativas” (Normas ISO). En este sentido, cabe resaltar el papel muy significativo de las Bibliotecas Universitarias que buscan promover contenidos disciplinares de cara a la producción científica de sus docentes y alumnos. Como repositorios documentales en las diferentes áreas del conocimiento, las bibliotecas deben, hoy, asumir el reto de orientar su servicio a la digitalización de la producción científica en general, y de la comunidad hermenéutica universitaria del país, en particular. Ahora, en este nuevo contexto de autoevaluación con fines de mejora, que viven nuestras universidades, y en el entendido que las bibliotecas constituyen un componente más a ser tomado en cuenta para la acreditación universitaria, resulta imprescindible tomar como referente para evaluar la calidad y la efectividad de los servicios de las bibliotecas, el documento publicado por el COBUN (Comité de Bibliotecas Universitarias del Perú). Dicho documento denominado Indicadores de Gestión para Bibliotecas Universitarias, apareció publicado, con rango de Resolución Directoral Nacional Nº 145-2008-BNP, en el Diario Oficial El Peruano, el miércoles 16 de julio de 2008.

Estos indicadores de gestión se basan en la norma internacional ISO 11620 (1998), Indicadores de rendimiento bibliotecario, que han sido adaptadas a nuestra realidad, ya que nuestras bibliotecas universitarias muestran un distinto grado de desarrollo bibliotecario. Dichos indicadores son herramientas que permiten a la biblioteca evaluar sus actividades, comparando el desempeño actual con lo hecho en el pasado o con el nivel de rendimiento deseado. Los principales beneficios de estos indicadores son:

- Conocer adecuadamente nuestros procesos, identificando las demandas y pedidos de los lectores.

- Medir el desempeño de la biblioteca a fin de lograr cada vez mayores niveles de eficiencia.

- Desarrollar e implementar las mejores prácticas en la gestión bibliotecaria.

A la fecha los indicadores de gestión de bibliotecas universitarias han sido recomendados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Educación Universitaria (CONEAU) para su utilización por las universidades que desean iniciar procesos de autoevaluación con miras a la acreditación.


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lunes, 29 de septiembre de 2008

ORGANIZACIÓN DEL SINEACE

El SINEACE (Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa) fue creado por Ley N° 28740, del 19 de mayo 2006. Esta ley norma los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa, define la participación del Estado en ellos y regula el ámbito, la organización y el funcionamiento de este organismo. Con la promulgación de esta ley se inicia el camino a la acreditación de la calidad de las instituciones educativas y de sus programas

Para el caso de las universidades, es el CONEAU, el órgano encargado de garantizar la calidad universitaria en nuestro país. Se entiende por calidad universitaria al conjunto de características de la Universidad que la hacen apta para satisfacer las necesidades de la Sociedad en términos de Formación, Investigación y Proyección Social, incluyendo la calidad de las carreras y la calidad de las áreas administrativas.

Entre las disposiciones generales establecidas en la ley del SINEACE, se estableció la obligatoriedad de la acreditación para las carreras de ciencias de la salud y educación, en este contexto se publica el Decreto Legislativo Nº 998, que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente y establece directivas para la acreditación de las carreras de educación en el país. Asimismo el Ministerio de Educación publica la R.M. Nº 0173-2008-ED, en la cual se establece el plazo para la publicación de estándares y criterios de evaluación y acreditación.



Son Órganos Operadores del SINEACE:


a. El IPEBA, (Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica y Técnico – Productiva), con competencia en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva.

b. El CONEACES (Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior No Universitaria), con competencia en la Instituciones de Educación Superior No Universitaria.

c. El CONEAU (Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior Universitaria), con competencia en las Instituciones de Educación Superior Universitaria. (art.15°)

Los Órganos Operadores del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE - LEY 28740) han quedado constituidos, como tales, los órganos operadores son los encargados de garantizar la calidad educativa en el ámbito de la Educación Básica y Técnico Productiva, en la Educación Superior No Universitaria y Universitaria, públicas y privadas. (art. 13°)

Los Órganos Operadores establecen relaciones de coordinación con el Sector Educación, con los gobiernos regionales, los otros ministerios, gremios empresariales, e instituciones de la sociedad en la búsqueda permanente de optimizar los procesos vinculados a la evaluación y a la acreditación de la calidad educativa.

Así mismo establecen continua y permanente coordinación con los organismos de evaluación y acreditación de otros países, con la finalidad de profundizar, mejorar y actualizar el manejo de los criterios de calidad en la educación nacional. (art. 14°)

Se caracterizan por ser

  • Autónomos, administrativa y funcionalmente
  • Desconcentrados
  • Participativos
  • Transparentes (art.16°)

Son sus objetivos:

  • Garantizar la óptima calidad de las IIEE fomentando procesos permanentes de mejoramiento de sus servicios.
  • Ofrecer insumos para el diseño de políticas de focalización de recursos, programas y acciones de innovación curricular, pedagógica, capacitación, gestión, y otras que coadyuven al logro de las metas de calidad de corto, mediano y largo plazo.
  • Promover y contribuir a la continua elevación de la calidad y la excelencia de la educación. (art. 17°)

Tienen las siguientes funciones:

  • Establecer los estándares que deberán cumplir las IIEE para ofrecer el servicio educativo.
  • Establecer criterios e indicadores nacionales y regionales de evaluación y acreditación de los aprendizajes, de los procesos pedagógicos y de la gestión que desarrollan las IIEE.
  • Desarrollar las capacidades de los profesionales y técnicos especializados en evaluar logros y procesos educativos en los ámbitos nacional, regional y local.
  • Mantener informada a la sociedad y a los responsables de las políticas educativas en los diversos niveles, sobre los resultados de las acciones de evaluación y acreditación para contribuir a la toma de decisiones e impulsar cambios a favor de la calidad.
  • Constituirse en un medio que contribuya a la modernización de las IIEE.
  • Promover y orientar, en el marco de una cultura de calidad, los procesos de autoevaluación institucional a fin de regularizar y perfeccionar su práctica.
  • Cumplen las funciones que les asigna el art. 16 de la Ley General de Educación N° 28044 y las leyes específicas sobre la materia. (art. 18°)