El diario oficial El Peruano, del día 13 de enero de 2009, publicó el documento del CONEAU (Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria) denominado Modelo de Calidad para la Acreditación de Carreras Profesionales y Estándares para la Carrera Profesional de Educación.
Dicho documento entró en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir, que la cuenta regresiva para todas las Facultades de Educación rige a partir del 14 de enero de 2009. A partir de esta fecha dichas Facultades con sus respectivas Escuelas Profesionales de Educación disponen de una año calendario para realizar su proceso de Autoevaluación para la acreditación de sus respectivas carreras. Todo ello en el marco de las disposiciones legales vigentes y de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) n° 28740 (del 19 de mayo del 2006); el Reglamento de la Ley 28740 - Decreto Supremo n° 018-2007-ED (del 09 de julio del 2007), el Decreto Legislativo n° 998 (marzo del 2008) mediante el cual se establecieron los requisitos a los que deben sujetarse las Facultades o Escuelas de Educación; el Decreto Supremo n° 014-2008-ED (03 de julio 2008) que aprueba las normas reglamentarias que impulsan la mejora de la calidad de la formación docente; y la Resolución Suprema n° 047-2008-ED (del 04 de diciembre 2008) mediante el cual se institucionaliza la Presidencia del SINEACE y su cuerpo Directivo.
Los interesados pueden descargar dicho documento haciendo click en el siguiente link http://nopcrea.net63.net/estandares_coneau.pdf